Política

Regulando las Agencias de Rating

Regulando las Agencias de Rating

 El Reglamento (UE) nº 462/2013[1] modificó los anteriores Reglamentos (CE) nº 1060/2009 [2] y (UE) 513/2011[3] estableciendo las siguientes medidas:

  • Aumento de la transparencia: las agencias deberán establecer un calendario anual con un máximo tres fechas para anunciar sus calificaciones sobre deuda soberana no solicitada, siempre tras el cierre de las bolsas el viernes y hasta una hora antes de la reapertura el lunes, con obligación de notificar a cada estado su calificación al menos un día laboral de cara a poder rectificar incorrecciones.
  • Mayor supervisión de la ESMA, con fines reglamentarios las entidades solo se podrán utilizar calificaciones crediticias emitidas por agencias establecidas en la Unión, y registradas de conformidad con este nuevo Reglamento. Las calificaciones tendrán que ser publicadas en una plataforma europea de calificación.
  • Entidades de crédito y fondos de inversión deberán reducir su dependencia de las agencias, realizando su propia evaluación del riesgo.
  • Se eliminará la referencia a las calificaciones crediticias en directrices, recomendaciones, proyectos de normas técnicas, avisos o recomendaciones por parte de varias autoridades e instituciones europeas.
  • Obligación de establecer procedimientos normalizados de trabajo y estructuras de control interno por parte de las agencias. Responsabilidad civil en caso de infracción, error o negligencia por parte de la agencia, con posibilidad de reclamación de daños.
  • Se impide que un accionista que controle un 5% de una agencia pueda intervenir más allá de otro 5% en otra agencia diferente o participar en su administración. Así mismo deberán informar de las calificaciones a empresas que controlen más del 5% del accionariado de la propia agencia calificadora, quedando prohibido calificar compañías que posean más del 10%.
  • Establece una duración máxima de 4 años para renovar los contratos de emisión de calificaciones a los emisores de instrumentos financieros de titularización y la obligación de revisar las calificaciones soberanas cada 6 meses.
  • Los instrumentos de financiación estructurada tendrán obligación de presentar dos calificaciones crediticias, de agencias independientes entre sí y siempre que una de ellas no tenga una cuota superior al 10% del total del mercado.

Por su parte, la Directiva 2013/14/UE [4] modificó otras directivas anteriores [5] [6] [7] con el objetivo de integrar el principio general de rechazo de la dependencia excesiva de las calificaciones crediticias. Para ello establece obligatoriedad de introducir sistemas de gestión del riesgo en los FPE, las OICVM y los GFIA.

¿Por qué considera la UE que es necesaria esta nueva regulación?– El Dictamen del Comité Económico y Social Europeo [8] sobre la propuesta de la nueva directiva establece que la regulación anterior ya intentó “eliminar las graves deficiencias en materias de transparencia, independencia, conflicto de intereses y calidad de las calificaciones y de los métodos de calificación por medio de nuevos actos legislativos”. Ahora el objetivo sería abordar “el problema del recurso excesivo de los operadores del mercado a las calificaciones para los OICVM y FIA (…intentando) evitar un comportamiento gregario por parte de los operadores financieros debido a las deficiencias de las calificaciones”.

En el propio Reglamento 462/2013 establece que “complementa el marco regulador en vigor aplicable a estas agencias. Se han abordado algunos de los problemas más importantes como los conflictos de intereses inherentes al modelo “el emisor paga” y la información sobre los instrumentos de financiación estructurada”. La crisis de deuda soberana que en los meses anteriores había azotado a numerosos miembros de la zona euro ponía de manifiesto “la necesidad de revisar los requisitos de transparencia y de procedimiento y el calendario de publicación aplicables específicamente a las calificaciones de la deuda soberana”.

El contexto de estas modificaciones viene dado por dicha crisis de deuda soberana. Desde 2008, la Unión Europea tratará de diferentes maneras de terminar con la dependencia y el oligopolio (95% del mercado) de las tres principales agencias de calificación: S&P, Moody’s y Fitch. En 2012 se pone de manifiesto la inoperancia de la primera regulación europea sobre el tema, así como la preocupación por parte de numerosos actores europeos por la actuación de dichas agencias[9] [10].  El propio BCE emitió en octubre de 2012 un informe[11] [12] donde las acusaba de favorecer “sistemáticamente” a aquellos bancos que les proporcionaban otros negocios, así como enumeraba numerosos errores en sus calificaciones.

Este nuevo reglamento fue pactado en el Consejo Europeo de noviembre de 2012 y posteriormente aprobado por el Parlamento Europeo en enero 2013.

 

Por otra parte, ¿cuáles son los intereses contrarios a esta regulación? ¿Se han expresado al respecto? Claramente las principales interesadas en la desregulación son las propias agencias. También muchos inversores, ya sean institucionales o privados[13], así como numerosos analistas en la órbita del neoliberalismo [14] defienden el papel y la independencia de las mismas. Más allá parece existir durante aquellos años un cierto consenso respecto la necesidad de regular su actuación y su responsabilidad durante la crisis financiera de 2008 y especialmente en la posterior crisis de deuda soberana. No solo por parte de las instituciones de la UE [15] [16] [17], sino estados miembros[18], partidos políticos a derecha e izquierda, agentes sociales, analistas [19] ,  e incluso la patronal bancaria española[20] que si bien defiende el papel de las agencias, también solicita una regulación para corregir el funcionamiento y las irregularidades de las mismas.

¿Cómo valorariamos la actuación de la Unión en este asunto?Las reformas a las que nos estamos refiriendo se enmarcan dentro de un continuum de enfrentamiento entre las partes, donde parece que las agencias mantienen la delantera. Así el propio propulsor de esta regulación, el Comisario Michel Barnier buscaba una regulación más restrictiva con medidas como prohibir la calificación de aquellos estados que los solicitaran o estuvieran sometidos a rescate, más papel de la ESMA como gran supervisor y sobre todo la impulsión de una agencia de calificación europea[21].  Debido a la falta de consenso entre los socios, las medidas aprobadas en 2012 quedaron muy descafeinadas respecto al plan inicial de la Comisión[22] [23].  Todavía hoy en día, tras nuevas regulaciones, la misma UE califica la supervisión de la ESMA como ineficaz[24], se ha fracasado en el intento de crear una agencia europea[25], o los propios estados siguen defendiendo sus intereses frente a las agencias sin una estrategia común[26].

 

[1] Reglamento (UE) Nº 462/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013 – http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32013R0462&rid=1

[2] Reglamento (CE) 1060/2009 Parlamento Europeo y del Consejo sobre agencias calificación crediticia. – http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:L:2009:302:FULL&from=ES

[3] Reglamento (UE) 513/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de mayo de 2011 – https://www.boe.es/doue/2011/145/L00030-00056.pdf

[4] Directiva 2013/14/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 21 de mayo de 2013 – http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32013L0014&rid=3 

[5] Directiva 2003/41/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 3 de junio de 2003 – https://www.boe.es/doue/2003/235/L00010-00021.pdf

[6] Directiva 2009/65/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de julio de 2009 – https://www.boe.es/doue/2009/302/L00032-00096.pdf

[7] Directiva 2011/61/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 8 de junio de 2011 –   https://www.boe.es/doue/2011/174/L00001-00073.pdf

[8] Dictamen Comité Econímico y Social Europeo sobre la Propuesta de Directiva del Parlamento , pg 64 – http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:C:2012:229:FULL&from=ES

[9] Fort, Marius – “¿Quién está detrás de las agencias de calificación?” – La Vanguardia– 2012 – http://www.lavanguardia.com/economia/20120117/54245015487/quien-esta-detras-agencias-calificacion.html

[10] Estefania, Joaquín – “Vigilados y Rendidos” – EL PAIS– 2012- https://elpais.com/economia/2012/01/30/actualidad/1327927056_083825.html

[11] Eurosystem – “Bank Ratings, What determines their quality?” – BCE– 2012 https://ep00.epimg.net/descargables/2012/10/19/1f95e439d3368ee08ed6c2a3b410fbd2.pdf?rel=mas

[12] Jimenez, Miguel – “Las agencias de calificación dan mejores notas a sus buenos clientes”- EL PAIS– 2012 – https://elpais.com/economia/2012/10/19/actualidad/1350676156_941300.html

[13] Burtless, Gary – “Why Do Investors Still Believe the Rating Agencies?- – BROOKINGS– 2010 https://www.brookings.edu/opinions/why-do-investors-still-believe-the-rating-agencies/

[14] Pozen, Robert- “How to keep politics out of rating agency reform”  Financial Times – 2010-https://www.ft.com/content/fa988da6-5dc2-11df-b4fc-00144feab49a

[15] Declaracion política conjunta 28 septiembre CONSEJO EUROPEO – 2011 – pg 14 – http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:C:2011:369:FULL&from=ES

[16] Resolucion Parlamento Europeo 8 junio 2011 pg 24- http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:C:2012:380E:FULL&from=ES

[17] Dictamen Banco Central Europeo 2 abril 2012 – http://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=OJ:C:2012:167:FULL&from=ES

[18]  Missé, Andreu – “Merkel y Sarkozy recelan de las agencias de calificación en la crisis” –EL PAIS– 2010- https://elpais.com/diario/2010/05/07/economia/1273183208_850215.html

[19] Kingsley, Patrick – “How credit ratings agencies rule the world” –The Guardian – 2012 –https://www.theguardian.com/business/2012/feb/15/credit-ratings-agencies-moodys

[20]  Europa Press- “La AEB defiende que las agencias de ‘rating’ sirven de guía a los inversores en los mercados” –ELDIARIO.ES – 2012 – https://www.eldiario.es/economia/AEB-defiende-agencias-inversores-mercados_0_75592894.html

[21] Vieuws – “Commissioner Michael Barnier, on Credit Rating Agnecies”. –Vieuws.eu – 2011 –http://www.vieuws.eu/financial-competition/commissioner-barnier-for-internal-market-and-services-on-credit-rating-agencies/

[22] Barker, Alex – “Move to curb rating agencies prompts backlash” –Financial Times – 2012 –https://www.ft.com/content/147588d4-79b2-11e1-9900-00144feab49a

[23] Blazquez, Pilar – “ El sueño de una agencia de calificación europea se diluye por falta de dinero y apoyos políticos”. Eldiario.es -– 2013 https://www.eldiario.es/economia/agencia-europea-dinero-apoyos-politicos_0_90291323.html

[24] “Supervisión por la UE de las agencias de calificación crediticia: un procedimiento bien asentado, pero todavía no plenamente eficaz”– TRIBUNAL DE CUENTAS EUROPEO – – 2015 https://www.eca.europa.eu/Lists/ECADocuments/SR15_22/SR_ESMA_ES.pdf

[25] Serbeto, Enrique – “Europa fracasa en su intento de conseguir una agencia de calificación propia” –ABC 2016 – http://www.abc.es/economia/abci-europa-fracasa-intento-conseguir-agencia-calificacion-propia-201602130217_noticia.html

[26] Haro, Jose Luis- “Pros y contras del divorcio entre España y las principales agencias de ‘rating’- El Economista -– 2018 –  http://www.eleconomista.es/economia/noticias/8898750/01/18/El-divorcio-bien-avenido-del-gobierno-de-Espana-con-las-agencias-de-rating.html