Monarquía Comparada

Monarquía Comparada- 1. Campo de Estudio

Monarquía Comparada- 1. Campo de Estudio

Felipe VI afirmó durante su discurso de Proclamación en 2014 que su objetivo principal a la hora de asumir la corona era impulsar “una monarquía renovada para un tiempo nuevo… [El nuevo siglo XXI]… ha nacido bajo el signo del cambio y la transformación y que nos sitúa en una realidad bien distinta de la del siglo XX.[1]. Más adelante, durante un acto conmemorativo por el 40º aniversario de la Constitución en diciembre de 2018 manifestó en el Congreso dedicar su “… vida al servicio de todos los españoles, desde la independencia y la neutralidad[2] .

Pero a cinco años de su Proclamación no se ha producido cambio legal alguno que refleje esta deseada renovación, y para amplios sectores de la sociedad y la clase política española han sido numerosos los actos del nuevo monarca que, como mínimo, han creado controversia respecto a esa independencia y neutralidad en su actuación, e incluso sobre sus atribuciones y la utilización que realiza de las mismas. Así, la decisión de nombrar a Pedro Sánchez como candidato a la presidencia del gobierno en febrero de 2016 (sin tener detrás una mayoría parlamentaria y probablemente con el único objetivo de poner en marcha el procedimiento constitucional que llevara a la repetición de elecciones), o la oportunidad de dirigir a la nación el 3 de octubre de 2017 un discurso sobre “los hechos que se han ido produciendo en Cataluña[3], discutido por su parcialidad. El hecho es que durante los últimos años el debate sobre la jefatura del estado, su justificación y competencias, ha pasado a primera línea, tras años en los que parecía existir cierto consenso respecto a su papel y vigencia.

Dentro del campo que establece la línea 7 del TFG, “Análisis político: gobiernos, parlamentos y elecciones en España”, he decidido centrar mi análisis en la jefatura del estado española y específicamente en dos aspectos: el estado actual de las competencias de la jefatura de estado y la falta o necesidad de evolución constitucional o legal de la institución real desde 1978. Y de los diversos puntos de vista desde los que se podría abordar el mismo he elegido el derecho comparado europeo. Buscaré investigar la capacidad que nuestra constitución otorga a la corona a la hora de intervenir en el sistema político en comparación con el resto de monarquías europeas.

Uno de los mayores desiderátums de la Transición española consistió precisamente en equiparar el sistema político español al resto de sus vecinos continentales. De esta forma, la nueva “monarquía parlamentaria” también debía acercarse al resto de coronas europeas, especialmente las nórdicas. Durante los debates constitucionales se llegaron incluso a repartir traducciones de la constitución sueca buscando esa misma concordancia textual[4]. Investigar hasta qué punto se ha producido o mantenido esa correspondencia será el objetivo de mi investigación en este TFG. Mis tareas principales serán investigar si hay diferencias competenciales entre la corona española y el resto de coronas europeas, y sí existe un “estancamiento” de la institución española, congelada desde 1978, frente a un posible “aggiornamento” del resto. En otras palabras, si la monarquía española mantiene una mayor capacidad de actuación política respecto al resto de europeas, y si estas últimas han evolucionado hacia un papel más simbólico y representativo, perdiendo paulatinamente su capacidad de intervenir en el día a día institucional.  

Para ello me centraré en las atribuciones constitucionales actuales de estas monarquías, teniendo también en cuenta que durante los últimos 40 años prácticamente todas ellas han sufrido modificaciones. Compararé las atribuciones de la monarquía española con las competencias de las jefaturas de estado belga, danesa, noruega, sueca, de los Países Bajos, del Reino Unido y el Gran Ducado de Luxemburgo. Pero debemos realizar una primera acotación: ni Liechtenstein ni Mónaco son estados que pudieran asemejarse al español o al resto de monarquías europeas. En estos dos casos hablamos más de estados patrimoniales, donde el propio patrimonio del estado tiende a confundirse con el emporio perteneciente a la familia real respectiva, llegando incluso la constitución de Liechtenstein a imponer al Parlamento la función de promover el bienestar de la casa principesca. Además, el propio tamaño de ambos principados (ambos de apenas 38.000 habitantes y en superficie Ceuta es diez veces mayor que Mónaco, y la ciudad de Teruel es tres veces superior a Liechtenstein) me inclina a no tomar sus casos como representativos. Para finalizar, también desestimaré el caso de Andorra y Ciudad de Vaticano que aunque buena parte de la doctrina introduce dentro del listado de monarquías europeas mantendré al margen basándome en la inexistencia de una sucesión hereditaria y al tratarse en cierto modo de jefaturas de estado “electivas”.

La espina dorsal de esta investigación vendrá dada por las atribuciones que la Constitución Española atribuye al monarca en los artículos 56 al 66. Pero siempre teniendo en cuenta dos recomendaciones contradictorias: sí Cotino Hueso expresa que “el mero análisis literal del texto constitucional es insuficiente en el ámbito comparado, más lo es cuando se trata de la Monarquía. La regulación expresa del fenómeno regio es solo una expresión muy parcial de su tratamiento constitucional. Este ámbito queda, como pocos, determinado por la historia, la política y la vida social misma de cada país. Todo ello muy difícilmente se puede percibir en unas palabras y textos normativos”[5]; por el contrario Rollnert Liern nos dice que “con independencia de la variedad que presenta la institución monárquica en los Estados europeos, no puede perderse de vista un dato fundamental: cualesquiera que sean los poderes formalmente atribuidos a los monarcas en los distintos ordenamientos constitucionales, estamos hablando en todo caso de monarquías parlamentarias, […] las diferencias se aprecian no tanto en las prácticas o formas de proceder, cuanto en las fuentes reguladoras”[6]. Ambos tienen razón a la hora de establecer por un lado la función esencial que las convenciones tienen en el funcionamiento de las diversas monarquías, así como la decisiva importancia de las fuentes reguladoras que al final establecen las diferencias entre unas y otras. Este trabajo buscará las diferencias tanto entre esos textos como en esos usos tradicionales.

Me basaré sobre todo en un método cualitativo, basado en un enfoque institucionalista que vendrá dado por la propia legislación. Pero el estudio de tal cantidad de países nos obligará también a manejar una multitud de fuentes, partiendo del hecho de haber solo encontrado dos monografías que se adecuen mínimamente a la intención de este trabajo: la editada por Rollern Liern “Las monarquías europeas en el siglo XXI” y un capítulo (el 3º- “Las monarquías parlamentarias europeas”) de la obra dirigida por Torres del Moral, “Monarquía y Constitución”. A nivel europeo, si bien hay una ingente cantidad de obras dedicadas bien a su comparación histórica o bien al balance de sus vaivenes sentimentales, no existe prácticamente literatura respecto al derecho comparado de las mismas. De esta forma he manejado decenas de fuentes enfocadas en cada caso particular que se pueden consultar en http://jesusprieto.es/wp-content/uploads/2019/05/TFG.pdf .

[1] “Discurso de Proclamación del Rey Felipe IV”- EL MUNDO- 2014- https://www.elmundo.es/espana/2014/06/19/53a2b0e5ca4741f7548b4579.html

[2] [2] “Discurso del Rey en el acto solemne conmemorativo del 40º Aniversario de la Constitución Española”- LA VANGUARDIA- 2018- https://www.lavanguardia.com/politica/20181206/453397093772/discurso-rey-felipe-vi-constitucion.html

[3] “Texto íntegro del discurso del Rey Felipe VI tras el referéndum de Cataluña” – EUROPA PRESS – 2017- https://www.europapress.es/nacional/noticia-texto-integro-discurso-rey-felipe-vi-pronunciado-noche-crisis-cataluna-20171003211122.html

[4] Lario, A. – “La Monarquía y sus Clasificaciones”- Biblioteca Nueva- UNED- 2007 – https://www.researchgate.net/publication/311810018_La_Monarquia_y_sus_clasificaciones_El_concepto_No_solo_cuestion_de_terminos

[5] Cotino Hueso, L,  “ La recepción constitucional del nexo corona y poder ejecutivo en las monarquías europeas” en Rollnert Liern, G. (Dir.) “Las monarquías europeas en el siglo XXI”. Sanz y Torres. 2007

[6] Rollnert Liern, G., “Las coronas europeas y sus funciones representativas” en Rollnert Liern, G. (Dir.) “Las monarquías europeas en el siglo XXI”. Sanz y Torres. 2007