Política

Hegel- El Estado y la libertad

Hegel - El Estado y la libertad

«El Estado es Ia realidad efectiva de la libertad concreta. Por su parte la libertad concreta consiste en que la individualidad personal y sus intereses particulares, por un lado tengan su total desarrollo y el reconocimiento de su derecho (en el sistema de la familia y de la sociedad civil), y por otro se conviertan por sí mismos en interés de lo universal, al que reconozcan con su saber y su voluntad como su propio espíritu sustancial y tomen como fin último de su actividad. De este modo el universal no se cumple ni tiene validez sin el interés, el querer y el saber particular, ni el individuo vive meramente para estos últimos como una persona privada, sin querer aI mismo tiempo Io universal y tener una actividad consciente de esa finalidad. El principio de los Estados modernos tiene la enorme fuerza y profundidad de dejar que el principio de Ia subjetividad se consume hasta llegar al extremo independiente de Ia particularidad  personal, para al mismo tiempo retrotraerlo a su unidad sustancial, conservando así a ésta en aquel principio mismo.»

HEGEL: Principios de la Filosofía del Derecho.

 

Este texto refleja uno de los principales patrones del pensamiento de Hegel, la idea del espíritu absoluto y la Ética social, que identifica con el bien. Esta debe ser sostenida por la sociedad en su conjunto. La Voluntad general, no tanto la individual, será su más alta expresión. Pero siempre teniendo en cuenta que debemos entender la totalidad, el sistema en su conjunto. El espíritu subjetivo, que personifica la mente humana, se encarna en el espíritu objetivo donde las instituciones políticas y sociales, especialmente el Estado, se manifiestan y llegan a su síntesis. Así no habrá eticidad posible más que en el marco del Estado, único lugar donde podemos encontrar el despliegue de ese espíritu absoluto.

Hegel indica al comienzo de este fragmento como el Estado se configura en garante y personificación de la libertad concreta, individual, subjetiva, del interés particular. A continuación, establece las dos vertientes de esta libertad concreta: primero asegurando el desarrollo y el reconocimiento de la libertad particular de cada uno en la sociedad civil (que en algún momento denomina “Estado externo”) y en segundo lugar convirtiendo esta libertad particular en la base del interés de la comunidad, del espíritu sustancial, convirtiendo esa voluntad universal en la meta del interés particular.

Recalca a continuación la imbricación entre el interés universal y el particular, no tienen sentido el uno sin el otro. El individuo no vive solo para su interés privado, al mismo tiempo desea formar parte del absoluto, lo universal.

Por último, los “Estados modernos” tendrían como principal característica permitir que ese interés particular, esa subjetividad se diluya en la voluntad universal, lo que a su vez permite su conservación.

Para Hegel el estado no es una construcción abstracta al margen de la realidad social, sino que cada realidad social requiere el Estado adecuado. Este estado precedería en el tiempo a la sociedad civil, pero asume en todo caso la libertad subjetiva del individuo y sus intereses particulares, conservando una existencia propia y superior a las mismas. Aquí radica la razón última de que esta libertad individual exista, es el Estado quien la garantiza. Su relación es bidireccional, la existencia del Estado garantiza la sociedad civil, el espíritu subjetivo, a la vez que este espíritu produce la máxima representación del espíritu objetivo, el propio Estado.

Esta concepción colectivista del Estado suplanta la visión individualista predominante desde la ilustración y tendrán una enorme influencia en toda la filosofía posterior, tanto entre hegelianos de izquierda como de derecha, llegando incluso a influir doctrinas como el fascismo o corrientes del postmodernismo.