EL ESTADO, LA MAQUINA MÁS PERFECTA DE CONSEGUIR OBEDIENCIA: ¿POR QUÉ OBEDECEMOS?
EL ESTADO, LA MAQUINA MÁS PERFECTA DE CONSEGUIR OBEDIENCIA: ¿POR QUÉ OBEDECEMOS?
Obediencia al Estado, ¿por qué obedecemos? Podríiamos establecer cuatro elementos mediante los cuales el Estado obtiene obediencia: la coacción, la legitimidad, las normas de inclusión y la rutina. A grandes rasgos, la coacción aparece como el gran aglutinador de la obediencia no voluntaria, mientras que los otros tres elementos justificarían mejor la obediencia voluntaria. Si ante la obediencia no voluntaria pensamos más en el castigo que podría acarrear su incumpliendo, en aquellos casos de obediencia voluntaria pesan más los beneficios que podemos obtener si seguimos las pautas impuestas. Aun así, en ambos casos siempre opera un miedo a las consecuencias de desobedecer.
En este trabajo vamos a intentar confrontar la visión que hemos visto del Estado en el seminario con uno de los desafíos que éste puede contemplar dentro del eje de la obediencia: la vigencia actual (o la falta de vigencia) de la desobediencia civil como herramienta emancipadora. ¿Tiene sentido la desobediencia civil en el entorno de un Estado emancipador? ¿Cómo debe reaccionar el núcleo del Estado ante ella? ¿Es la desobediencia emancipadora en sí misma?
Aclaremos antes de nada que entenderemos la desobediencia civil como aquella que tiene fines políticos y motivaciones morales, que busca intereses colectivos y no particulares, que es pública y abierta, pacífica y no violenta, y siempre aquella que se da en un contexto democrático, de libertades civiles, excluimos aquellos sistemas autoritarios donde toda protesta se convierte automáticamente en desobediencia. La desobediencia civil, a su vez, sería aquella que supera el miedo a las consecuencias de desobedecer en busca de la consecución de unos beneficios futuros para el propio participante y la colectividad que permiten mitigar o minimizar las consecuencias inmediatas que suponen su realización.
Primero intentaré resumir el debate de las últimas décadas sobre obediencia y desobediencia civil, destacando las principales líneas de discusión. A continuación, repasaré brevemente algunos ejemplos de desobediencia en la historia reciente de España para terminar intentando amoldar estas líneas de discusión y estos ejemplos al esquema de Jessop.
EL DEBATE SOBRE LA OBEDIENCIA DURANTE LAS ÚLTIMAS DÉCADAS
En 1960 Adolf Eichmann, uno de los principales responsables de la Shoá, fue secuestrado en Argentina y posteriormente juzgado en Israel. Durante su juicio se autojustificó constantemente como un simple ejecutor de las órdenes recibidas. La trascendencia y publicidad del proceso reabrieron públicamente el debate de por qué obedecemos y cuando debemos obedecer, dando lugar a dos de los estudios clásicos sobre el tema.

El primero es el experimento Milgram, Universidad de Yale desde 1961, donde un experimentador conminaba a los participantes a torturar incrementalmente a un tercero mediante descargas eléctricas hasta que supuestamente aprendiera correctamente unos textos que nunca conseguía aprender. Frente a la hipótesis inicial que establecía que en algún momento los participantes se negarían a llegar hasta el final del experimento, la mayoría de ellos llegaron hasta aplicar la mayor descarga posible, sin cuestionar la autoridad del experimentador y sin tener en cuenta todo tipo de quejas y gritos de los supuestos torturados. Los resultados solo variaron cuando se introdujo el factor de “proximidad” (los torturados pasaron de estar aislados en una habitación diferente a sentarse junto con el participante). Solo entonces aumentaron los casos de desobediencia y de freno al experimento. Por otra parte, cuando se preguntaba a los participantes donde residía la responsabilidad del sufrimiento aplicado al torturado, la mitad de los mismos se la achararon a ellos mismos y solo un 40% al experimentador que daba las instrucciones.

El segundo gran estudio sobre la obediencia es la obra que Hannah Arendt publicará en 1962: Eichmann en Jerusalén: informe sobre la banalidad del mal. Si Eichmann se justificaba a sí mismo aludiendo a un supuesto imperativo categórico kantiano residente en la obediencia a sus superiores, Arendt desenmascara esta escusa devolviendo precisamente el imperativo categórico a la moral autónoma, no al legislador, y dejando claro que siempre existe la posibilidad de una elección moral libre teniendo esta elección consecuencias políticas. No solo sería el caso de Eichmann, sino la misma participación en la Shoá de algunos líderes de los consejos judíos, los infaustos Judenrat que aparentemente gobernaban algunos guetos, y quienes no dudaron en obedecer y colaborar decisivamente en la organización del propio exterminio.
La posibilidad de tomar siempre una elección moral libre que expresa Arendt enlaza perfectamente con la tradición de desobediencia civil de Thoreau, quién también formula un desacuerdo tanto político como moral. Y a su vez, los terribles resultados del experimento Milgram empujan en la misma dirección: el ser humano, individualmente, tiene a la vez la responsabilidad y la posibilidad de establecer su propio marco normativo, basado en su convicción moral, que rompa la rueda de la violencia y la injusticia.
Es más, si antes de los años 40 del siglo XX la desobediencia civil aún era vista con reticencia por la mayoría de las democracias liberales occidentales, será precisamente la reflexión sobre la barbarie de la Segunda Guerra Mundial la que permita su redefinición como una estrategia útil, correcta, justa e incluso necesaria en ocasiones. La Independencia de la India mostrará su eficacia. Los juicios de Nuremberg cuestionarán en su raíz la excusa de la obediencia debida, hasta entonces un elemento indiscutible en todos los códigos legislativos y militares. Los éxitos conseguidos por los movimientos de derechos civiles de EEUU en los 50 y 60 y basados en la desobediencia civil, reforzarán su vigencia. Hoy día, ningún movimiento progresista o emancipador podría definir la desobediencia civil como una herramienta de reacción, sino más bien de emancipación. No dejaría de ser la sociedad que se revela ante la injusticia y mediante el sacrificio pretende obtener un mayor marco de justicia y libertad.
TRES VISIONES CONTEMPORANEAS SOBRE LA DESOBEDIENCIA CIVIL
Junto a la visión que anunciábamos de Hannah Arendt, Habermas y Rawls son los principales pensadores que han reflexionado sobre la justificación y la relación entre el Estado y la desobediencia civil en las últimas décadas.
Veíamos que Arendt partía de una base donde el individuo, autónomo, libre e independiente debe ser el responsable activo de su actuación, motivado moralmente y consciente de sus consecuencias políticas. La desobediencia civil para ella no es más que una expresión de esa individualidad, responsable y consciente, pues la democracia es un proyecto inacabado que debe ser lo suficientemente flexible para incluir nuevos imaginarios y colectivos en lo público. La desobediencia es así legítima resistencia, siempre y cuando excluya de raíz la violencia, que no deja de ser ausencia de pensamiento. El individuo es responsable de construcción del orden socio-político, la desobediencia, incluso más allá de configurarse como herramienta, es un imperativo categórico en pos de la consecución de los intereses colectivos.

En la misma línea, Habermas establece cuatro condiciones para hablar de desobediencia civil: motivación moral, premeditación, admisión de sus consecuencias y sobre todo, no poner en cuestión el ordenamiento en su conjunto, sino parte de él. La desobediencia es “un acto simbólico”, una forma de expresión de la sociedad más que un fin en sí mismo. Así la desobediencia civil se convierte en herramienta en la construcción democrática del estado, una forma de protesta y manifestación de intereses sin recurrir a la violencia o al crimen. También es un elemento esencial a la hora de construir imaginarios y valores, de sensibilizar y transformar lo colectivo, de profundizar en la justicia de lo común. Es claramente partidario de la misma, y muestra gran preocupación por la creciente criminalización de la protesta pacífica que detecta en los diferentes códigos penales, un intento conservador por mantener el statu quo dentro de las sociedades. Vemos que tanto Arendt como Habermas tienen una concepción de la desobediencia civil que parte de cierta falta de legitimidad moral del estado capitalista tardío y donde esta se convierte en una herramienta esencial para “mejorar” precisamente dicha moralidad.
Rawls por otra parte, tiene una visión más conservadora, más restrictiva de la desobediencia civil. Partiendo de su contractualismo social, su idea principal es la de justicia, y esta debe ser imparcial, igual en su posición original donde se definen los términos fundamentales de ese contrato. De esta forma, la obediencia es fundamental en su concepción si queremos que el contrato funcione. Así la desobediencia no está prevista frente a la injusticia, pues si la sociedad es razonablemente justa debemos cumplir incluso las normas abiertamente injustas. La desobediencia puede ser comprensible, pero es un exceso. Todo sistema tendría imperfecciones, la desobediencia solo puede darse en un régimen democrático y no puede invocarse constantemente, antes de recurrir a ella el individuo debe haber agotado todas las posibilidades legales, apelaciones, acciones. En último caso, puede ser un “recurso estabilizador del sistema legal”, pero con el gran riesgo de incitar al desorden que en todo caso hay que evitar. Sería una especie de herramienta para “eliminar focos de tensión dentro de un sistema que funciona básicamente bien” (Exteberria, 2001)

LA RECIENTE HISTORIA DE LA DESOBEDIENCIA CIVIL. EL EJEMPLO DE ESPAÑA
Si repasamos ejemplos concretos en la reciente historia de España veremos que es la concepción de Arendt y Habermas la que ha primado dentro de los movimientos sociales a la hora de articular el uso de la desobediencia civil. Y esta siempre ha sido combatida desde sus opuestos mediante los argumentos de Rawls: tras 1978 asistimos la instauración de una democracia liberal, que al menos en sus aspectos formales podríamos considerar en la línea de las más avanzadas del contexto occidental, de forma que toda protesta que exceda los límites “permitidos” se convierte en una refutación total del sistema, en una medida “antisistema” destinada a destruir la propia democracia.
Bajando a los hechos, los primeros años de la Transición llevan consigo numerosos intentos de articular diferentes movimientos de desobediencia civil, entendidos estos como una forma de articular la protesta de forma más efectiva y radical. Un ejemplo claro serían las autoinculpaciones del delito de Aborto por parte del movimiento feminista que se producen a partir de 1979, como consecuencia de un macro juicio en Bilbao por la realización de abortos clandestinos. En este caso ayudaron a modificar la relación de fuerzas en una sociedad conservadora, a articular y dar visibilidad a un hasta entonces invisible movimiento feminista y llevaron a la despenalización del aborto en los primeros años 80.
Probablemente el caso más exitoso en España durante estos años haya sido el del movimiento de insumisión al servicio militar obligatorio y la prestación social sustitutoria. Desde finales de los años 80 y toda la década de los 90, cerca de 1.700 insumisos entraron en prisión. En 2001 se consiguió terminar con 200 años de reclutas obligatorios. Si bien estamos ante un claro ejemplo de desobediencia civil que incluso consiguió sus objetivos básicos, también debemos indicar que no dejó de ser un movimiento minoritario, visto por la gran mayoría de la sociedad como radical, que quizá tan solo ayudó a adelantar el fin de una institución que ni era rentable ni tenía sentido en aquel momento, verdaderas razones que estuvieron detrás de su desaparición. Es más, fue el mismísimo José María Aznar quien desmantelo el mismo, y en sus motivaciones poco tuvieron que ver las luchas insumisas. Pero claramente, el movimiento insumiso sí habría conseguido permear en amplias capas de la juventud española y decantar la balanza hacia la desaparición del servicio militar o civil obligatorio.
Junto a la insumisión han existido multitud de intentos desde los más diversos sectores para crear otros movimientos de desobediencia civil con escaso éxito. Uno de los pocos ejemplos potentes en su extensión, si bien fracasado, se produjo en Cataluña en 2012, donde bajo el lema “No vull pagar” miles de conductores se negaban a pagar el peaje en las autopistas al considerar que el mismo era discriminatorio respecto a la gratuidad de la gran parte de las autopistas españolas (no se asusten, el gobierno de España no obliga a los pobres catalanes a pagar lo que en otros sitios regala, fueron los gobiernos catalanes los que decidieron financiar sus autopistas de esta forma).

Junto a estos, encontramos multitud de ejemplos sin mucho éxito o trascendencia, desde intentos de no pagar los impuestos si estos no se destinaban a una finalidad determinada (desde posiciones de derecha o izquierda), la desobediencia de confesiones religiosas como los Testigos de Jehova a ciertas prácticas médicas, al uso habitual de la huelga de hambre como herramienta de presión por todo tipo de colectivos o incluso las habituales acampadas urbanas reivindicativas no permitidas por las autoridades (multitud de ejemplos de todo tipo, el mismo 15M no dejó de ser uno más). La crisis posterior a 2008 vio un aumento incremental de diferentes acciones de desobediencia civil, como las ocupaciones de entidades bancarias por parte de diversas asociaciones de afectados por las hipotecas o la negativa de numerosos médicos a denegar la atención médica a colectivos excluidos de dicha atención por ley.
Para terminar, los últimos años del conflicto catalán han visto multitud de llamamientos a diferentes acciones de desobediencia civil, todos ellas sin conseguir el efecto deseado por sus impulsores. La última amenaza se ha producido esta misma semana, con el President de la Generalitat llamando a la desobediencia civil general en caso de que la sentencia del Proces a publicarse en las próximas semanas no sea absolutoria[1]. También durante los años del terrorismo vasco, la izquierda abertzale articuló todo un conjunto de llamamientos y acciones de desobediencia civil que no podemos incluir en esta categoría por la utilización que realizaron de la violencia, ya sea en forma de atentados o lucha callejera.
En resumen podríamos concluir que la desobediencia civil en los últimos años en España ha sido escasa, totalmente integrada en la definición que hacen Habermas y Arendt, como una herramienta de perfeccionamiento del sistema, de mejora y transformación de lo común, y en la mayoría de los casos ha fracasado en sus intentos de modificar el statu quo vigente. Como mucho habría ayudado a modificar la opinión pública o a colocar en la agenda debates inexistentes en la misma.
LA DESOBEDIENCIA CIVIL EN EL ESQUEMA DE JESSOP
Jessop solo menciona en su manual la desobediencia civil en relación a como se engloba como una de las amenazas al Estado, que seguiría operando según el principio de la raison d’etat. Aun así, de su texto podríamos deducir que la incorpora dentro de su concepto de Idea de Estado, como parte de la construcción de la hegemonía vinculada a la construcción ideológica, dentro de la coordinación de la ciudadanía hacia unas metas colectivas compartidas. Si el Estado se configura como una relación social, la desobediencia civil aparece como una de las principales intimidaciones a las dos facetas de autoridad que se le reconocen al propio estado, la Potestas, pero sobre todo la Autoritas. Sería sobre todo una carga de profundidad contra la selectividad estratégica de dicho Estado, al poner el foco sobre las contradicciones existentes en un sistema que se considera así mismo como justo y democrático.

Dentro del Estado como relación social claramente descompensada, la desobediencia civil aparece como un intento de modificar sustancialmente la correlación de fuerzas. Dentro de sus seis dimensiones, la desobediencia aparecería enmarcada dentro de los Modos de Representación, como una ruptura de su necesidad consensual. La desobediencia civil sería la forma en que algunos grupos sociales intentan representar en dicho Estado sus intereses materiales e ideológicos, pero rompiendo los canales articulados habitualmente para ejercer dicha articulación. Frente a dicho intento, la coerción aparece como principal herramienta estatal. De ahí su constatación de la existencia de una raison d’etat que desde su lógica propia buscará aplicar sus propios intereses frente a la confrontación que la desobediencia civil representa.
Por otro lado la desobediencia civil también supondría una refutación radical del mismo proyecto de Estado, una evidencia de la crisis de legitimidad que define Habermas. El éxito de dicha desobediencia desgajaría la coherencia del marco que intenta otorgar unidad al propio sistema estatal.
La desobediencia civil se enfrenta directamente a dos de los elementos que Jessop destaca a la hora de analizar el funcionamiento del Estado, su selectividad estratégica y las dificultades que un proyecto emancipador puede encontrar para transformar el mismo: la coerción y el marco legal/normativo. Aparece como la personificación de las tensiones constantes que se producen en las sociedades, como puro conflicto político que a la vez puede llevarnos a la emancipación o directamente la violencia.
Además. la desobediencia civil en una democracia liberal rompe la dominación ideológica, yendo en la mayoría de los casos más allá de la simple discusión sobre la gobernanza, pues incide directamente sobre los cuatro elementos que Monedero incluía en su seminario a la hora de explicar por qué obedecemos: la coacción, la legitimidad, las normas de inclusión y la rutina. La desobediencia civil parte directamente de la percepción de una quiebra de la legitimidad y de los marcos de inclusión.

Así que si intentamos responder a las tres preguntas que nos hacíamos al principio, comenzaremos por constatar que dentro de la visión de Jessop la desobediencia civil es claramente una herramienta útil a la hora de buscar la emancipación. Podría ser un modo de intervención radical por parte de la sociedad en búsqueda de nuevos intereses colectivos. Y al ser el Estado una relación social, esta herramienta debería ser en todo momento considerada, pues no contempla un Estado cerrado y definitivo, sino en constante lucha por su proyecto y la hegemonía. Respecto a como debe responder el Estado, dentro de su visión de un Estado emancipador, en constante discusión, basado en la metagobernanza, la desobediencia civil no sería tanto una confrontación sino una oportunidad de ampliar el mismo, de buscar elementos de compromiso y deliberación. Por el contrario, un Estado diferente se enfrentará a dicha desobediencia mediante la coacción y el marco normativo, manteniendo el pulso hasta que la correlación de fuerzas se decante.
Por último, respecto a la pregunta de si es la desobediencia emancipadora en si misma, creemos (y probablemente Jessop también) que no es así. Pues al igual que encontramos ejemplos de desobediencia civil con objetivos colectivos, que podríamos considerar justos o adecuados, nos podemos encontrar con ejemplos exactamente contrarios. Si consideramos al Estado como una relación social, es posible que fuerzas que no podríamos integrar dentro del ámbito de la emancipación puedan usar la desobediencia (y la usen constantemente) para imponer sus intereses particulares, en su propia convicción moral de que estos son colectivos. El Estado en la concepción de Jessop es policontextual, diferentes fuerzas políticas actúan en su seno en circunstancias concretas. De este modo incluso la misma desobediencia civil puede ser emancipadora en un Estado determinado e incluso regresiva en otro, según la capacidad que este tenga de operar o no.
Bibliografía
Arendt, H. (2006). Eichmann en Jerusalén. DEBOLSILLO.
Ballesteros Peluffo, G. (2014). Desobediencia civil: un análisis político. Universidad de Granada.
Biondo, F. (2015). Desobediencia Civil y participación política. DOXA- Cuadernos de Filosofía del Derecho 38.
Carabante Muntada, J. M. (2005). Una revisión crítica de la desobediencia civil en la Obra de J. Habermas. UCM.
Etxeberria, X. (. (2001). Enfoques de la Desobediencia civil. Universidad de Deusto.
Jessop, B. (2016). El Estado, pasado, presente, futuro. Catarata.
Milgram, S. (2016). Obediencia a la autoridad. El experimento Milgram. Capitán Swing.
[1] EFE, “Torra llama a la «desobediencia civil» si la sentencia del «procés» no es absolutoria”. El Diario. 2019. https://www.eldiario.es/politica/Torra-desobediencia-sentencia-proces-absolutoria_0_938956322.html

